Agencia de Desarrollo Local

Subvenciones

Procedimiento de concurrencia competitiva para la selección de la Entidad Colaboradora para la gestión de las ayudas económicas de la campaña de fomento del consumo “BONOS CONSUME MUTXAMEL 2024”

Objeto

Tras la publicación de la convocatoria y bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos para la realización de campañas de fomento del consumo: Bono-Consumo en sus municipios. Anualidad 2024 de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, como medida de inyección económica tras la crisis generada por la Covid-19 y la actual crisis energética.

El Ayuntamiento de Mutxamel ha solicitado la inclusión en dicha convocatoria conforme a las Bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 101 de fecha 28 de mayo de 2024 solicitando la cuantía nominativa contemplada de 299.057,00 € y estando pendiente la resolución de concesión de la ayuda.

La concurrencia a la convocatoria con la finalidad de obtener los fondos persigue fomentar las actividades económicas locales, comerciales y de servicios de Mutxamel y establecer un proceso de reactivación del consumo que incentive las compras en los comercios y servicios de nuestro municipio contribuyendo a que se consolide la recuperación de la actividad económica en el ámbito municipal.

Para la mejor gestión de los intereses municipales se hace necesario gestionar la campaña de Bonos Consume Mutxamel 2024, subvencionada por la Excma. Diputación Provincial de Alicante con una Entidad colaboradora en los términos establecidos en los artículos 12 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, mediante un procedimiento sometido a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación.

Requisitos y obligaciones de la entidad colaboradora

Considerando el artículo 16 de la Ley 38/2003 se formalizará convenio de colaboración entre el órgano administrativo concedente y la entidad colaboradora en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por ésta, así como el contenido del mismo.

Dicho convenio se podrá aprobar y suscribir, siempre y cuando haya sido recibida la resolución de concesión de la subvención solicitada a la Excma. Diputación Provincial de Alicante para la financiación del 100% de las ayudas a otorgar a los beneficiarios en la Campaña de BONOS CONSUME MUTXAMEL 2024.

La entidad deberá disponer de personal técnico y administrativo para el cumplimiento de las actuaciones de gestión de la subvención en los términos previstos en el convenio.

La entidad colaboradora debe comprometerse por medio de convenio suscrito al efecto a:

 1.  Disponer de una web, en constante actualización, en la que anunciar el programa de bonos y promocionar las reglas de participación en el mismo tanto para empresas locales como para consumidores. En dicha web también habrá un sistema de suscripción que asegurará que se registren unívocamente tanto empresas locales como consumidores, consultar el listado de empresas locales inscritas en las que poder gastar los bonos adquiridos y leer las bases de la campaña. El Ayuntamiento de Mutxamel, a través del Servicio de Desarrollo Local, tendrá acceso, en todo momento, a la información contenida en la web.

 2.  Poner al servicio de la actuación al personal necesario para la información a comercios y empresas locales interesadas en adherirse al programa de “Bonos Consume Mutxamel 2024”, resolución de dudas a comercios y ciudadanía, realización de inscripciones de empresas adheridas tras comprobación de requisitos de adhesión, gestión de pagos, administración y mantenimiento de página web.

 3.  Poner la venta de los Bonos Consume Mutxamel y llevar a cabo la tarea de apoyo y asesoramiento, tanto a comercios y empresas adheridas como a consumidores que quieran adquirir los Bonos Consumo mediante la plataforma de Internet habilitada para este fin.

 4.  Contar con un servicio de personal para acudir a instalaciones del Ayuntamiento de Mutxamel durante un día de 9 a 14h al inicio de la campaña a los efectos de ayudar en la compra de bonos y asesoramiento a aquellas personas que lo requieran al tener dificultades para realizar la compra online por cuestiones de edad u otro tipo de condicionante como brecha digital.

 5.  Alquiler de servidores y contratar una pasarela de pago para poder implementarla en la web de la campaña con el fin de que la gente pueda adquirir y pagar sus bonos de forma online.

 6.  Implementar un sistema informático para la trazabilidad absoluta entre el bono, el comprador que lo ha utilizado, la empresa donde se ha canjeado y la factura o tique de venta en el que se ha usado.

 7.  Formular las propuestas de concesión de subvención a los beneficiarios/as quienes hayan adquirido los bonos al consumo en los términos de la convocatoria.

 8.  Si bien la publicidad (creatividad, edición de material gráfico y adaptación a diferentes formatos) para difusión de la campaña dirigida tanto a la ciudadanía como a los comercios y empresas locales será realizada por el Ayuntamiento, deberá colaborar en la difusión de la campaña. En la página web creada para la campaña deberá aparecer la imagen de la publicidad creada por el Ayuntamiento de Mutxamel, así como el logotipo de éste y de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

 9.  Informar y apoyar a los comercios y empresas que participan en la campaña para su inscripción y tramitar el pago de los bonos presentados como cobro de las ventas realizadas. El pago se realizará de forma semanal a los comercios y empresas donde se han canjeado los bonos, de acuerdo con las instrucciones del programa.

 10.  Abonar a las empresas participantes el importe total de los bonos que se canjeen en su establecimiento que incluirá la subvención municipal a los consumidores por la compra realizada. Por lo cual la entidad colaboradora tendrá que llevar un control exhaustivo de los pagos que vaya realizando para no sobrepasar la cuantía máxima.

11.  Justificar al Ayuntamiento de Mutxamel el 100% de los fondos recibidos y la subvención concedida conforme a lo indicado en el convenio que se suscriba al efecto. Al final de la campaña, se procederá a la devolución al Ayuntamiento de la totalidad de los fondos no aplicados a su finalidad y del importe anticipado pagado por bonos adquiridos y no canjeados.

 12.  Llevar los libros y registros contables específicos para facilitar la adecuada justificación de la subvención y la comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas en las bases. Estos libros serán los que procedan de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. En todo caso se tendrá que llevar una contabilidad independiente de los derechos y obligaciones generados por la colaboración con el Ayuntamiento de Mutxamel para facilitar el control y la justificación.

 13.  Realizar una difusión explícita y pública de la concesión de la ayuda: Se presentará acreditación de la difusión de la subvención a través de la página web de la entidad colaboradora, o redes sociales en caso de no disponer de web, indicando importe recibido, actuación subvencionada y la entidad concedente (Ayuntamiento de Mutxamel con financiación obtenida de la Excma. Diputación Provincial de Alicante a través de la convocatoria de subvenciones a ayuntamientos para la realización de campañas de Fomento del Consumo: Bono consumo en sus municipios, anualidad 2024).

 La entidad que resulte seleccionada deberá cumplir los requisitos generales establecidos en la Ley General de Subvenciones.

 a)  La Entidad Colaboradora, deberá haber justificado la totalidad de las anteriores subvenciones percibidas por parte del Excmo. Ayuntamiento de Mutxamel, o en su defecto, hallarse a corriente por reintegro de las mismas.

 b) La Entidad Colaboradora, deberá estar al corriente en el pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y Tesorería de la Seguridad Social, circunstancia que se acreditará mediante la presentación de sendos certificados y que deberá mantener durante toda la duración de la campaña de fomento del consumo “Bonos Consume Mutxamel 2024”

 c)  La Entidad Colaboradora, no podrá estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en concreto en el artículo 13 apartado 2 y 3.

 Importe a abonar por el Ayuntamiento de Mutxamel a la entidad colaboradora como subvención por los gastos derivados de la puesta en marcha de la Campaña de Bonos Consume Mutxamel 2024

 El importe será de máximo 18.000 euros (Iva incluido) por los siguientes conceptos:

Gastos de adaptación de la herramienta informática necesaria para la gestión de los bonos al consumo: alquiler de servidores para la plataforma, creación de web para la campaña y servicio de la herramienta para la descarga-compra de bonos y el canje de bonos en el establecimiento, contratación de pasarela de pago para la compra de bonos.

Gastos de personal de la entidad destinado a la gestión del programa y a la información a la ciudadanía y a los comerciantes: altas de empresas adheridas, revisión diaria de tiques, pagos semanales y resolución de dudas e incidencias a comercios y consumidores.

Gastos bancarios derivados de las transferencias semanales a las empresas adheridas donde se han aplicado los bonos consumo.

Gastos del servicio presencial para facilitar la compra de bonos durante un día a aquellas personas que lo requieran al tener dificultades para realizar la compra online.

Gastos derivados de la creación de videos para explicar el funcionamiento de la campaña (video para comercios explicando cómo adherirse a la campaña y cómo canjear los bonos y para el cliente final donde se explica cómo comprar los bonos.

 Selección entidad colaboradora

 La selección de la entidad colaboradora, se efectuará siguiendo los principios de publicidad, concurrencia e igualdad y no discriminación.

 En el supuesto de que fueran varias las entidades que presenten solicitud para ser seleccionada como entidad colaboradora del Ayuntamiento para la gestión de la Campaña de Bonos Consume Mutxamel 2024, como criterios objetivos de selección, que podrán sumar un total de 100 puntos, y servirán de base para la selección de la entidad colaboradora, serán los siguientes:

 1. Criterio mejor Oferta económica. Hasta 60p

Otorgando 60 puntos a la proposición que presente la oferta económica más baja, valorándose el resto de forma proporcional conforme con la siguiente fórmula.

Puntos oferta económica presentada= 60 x (Oferta económica presentada más baja /oferta económica proposición presentada)

 2. Criterio Experiencia. Hasta 40 puntos.

Se valorará la experiencia debidamente acreditada en la gestión de campañas de reactivación del consumo a través de bonos consumo similares a la que se concurre.

Se asignará la puntuación en función del total de campañas realizadas.

– De 1 a 5 campañas: 10 p

– De 6 a 10 campañas: 20 p

– Más de 10 campañas: 40 p

Las ofertas presentadas serán valoradas por la Concejalía de Agencia de Desarrollo Local, Comercio, Promoción y Fomento Económico.

 Plazo de presentación de propuestas

 A tal efecto, por la presente, se publica para conocimiento público general en el Tablón de anuncios/web de este Ayuntamiento el presente anuncio y se somete a información pública durante un plazo de 5 días hábiles, para que las entidades que así lo consideren, debidamente identificados, puedan hacer llegar sus propuestas, para la selección de entidad colaboradora en los términos en que regula esta figura la Ley 38/2033 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) por medio de sede electrónica del ayuntamiento mediante instancia general dirigida al Servicio de Desarrollo Local . (https://sedeelectronica.mutxamel.org/

La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido o siguiendo un procedimiento distinto al aquí descrito, será causa de inadmisión.

 Documentación a presentar

 1.-Declaración responsable con la relación de campañas de bonos consumo realizadas similares a la que se concurre, indicando el nombre de la campaña, nombre del cliente, localidad, importe y sus fechas. La declaración, para la valoración del número de campañas realizadas indicadas, deberá ir acompañada de facturas y/o contratos o convenios suscritos para realizar los trabajos expuestos en la declaración. 

2.- Proposición económica.

3.- Informe o memoria técnica que describa con amplitud y detalle preciso, todos los elementos necesarios de la colaboración solicitada en la ejecución de la Campaña de reactivación del consumo “Bonos consume Mutxamel 2024”, indicando los medios y personal técnico y administrativo para el cumplimiento de las actuaciones de gestión de la campaña de fomento del consumo “Bonos consume Mutxamel 2024”.

4.-CIF de la entidad y Certificado de Junta Directiva o integrantes del órgano de administración.

5.-DNI del Presidente o administrador/es.

6.-Estatutos.

7.-Declaración responsable de que la entidad colaboradora que concurre no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en concreto en el artículo 13 apartado 2 y 3.

8.-Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Termino de presentación del jueves 25 de julio al miércoles 31 de julio de 2024

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS DE MUTXAMEL. ANUALIDAD 2024

El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas.

Con las ayudas se enfatiza la importancia de la modernización y la sostenibilidad como un valor añadido crucial para la competitividad y responsabilidad social de los negocios en Mutxamel, mejorando la imagen comercial y de marca frente a los consumidores, al tiempo que les proporciona el apoyo económico para hacerlo.

La finalidad de la convocatoria es el realizar una disposición de fondos públicos como medida para animar a las empresas de Mutxamel, por un lado, a promover la modernización, la innovación, la digitalización y la mejora en la experiencia al cliente y por otro lado, a fomentar la adopción de prácticas sostenibles en el negocio local, impulsando la eficiencia energética, la gestión sostenible de residuos, el uso de materiales sostenibles y la digitalización enfocada en la sostenibilidad.

La ayuda a percibir por el beneficiario será de 800,00 € siendo ésta la cantidad de ayuda máxima que podrá alcanzar.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas será desde el día siguiente a la publicación del extracto de las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante finalizando el 31 de agosto del 2024.

El modelo de solicitud normalizado estará disponible en la web municipal, deberá ir firmado por la persona interesada que solicita la ayuda o su representante legal. Se presentará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mutxamel anexando la documentación relacionada.

CONVOCATORIA DE AYUDAS A EMPRENDEDORES/AS POR LA CREACIÓN DE NUEVAS ACTIVIDADES EN LA LOCALIDAD DE MUTXAMEL. Anualidad 2023

Esta convocatoria surge como medida de apoyo e impulso al emprendimiento en el municipio de
Mutxamel, permitiendo a la Administración local contribuir en los gastos necesarios que tiene el
emprendedor/a para la puesta en marcha y funcionamiento de su idea de negocio.
Esta convocatoria tiene un doble objetivo, por un lado impulsar la creación de nuevas actividades
empresariales y/o profesionales en el municipio de Mutxamel que se produzcan durante el año 2023, y
por otro lado, apoyar a los/las emprendedores/as que iniciaron su actividad desde el 1 de octubre del
2022 y que no pudieron concurrir a la convocatoria de ayudas dirigidas a emprendedores/as por la
creación de nuevas actividades en la localidad de Mutxamel, anualidad 2022, por haber iniciado su
actividad una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Plazo presentación de solicitudes: desde el 15 de enero de 2024 al 29 de febrero del 2024.(Finalizado)

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS DE MUTXAMEL. ANUALIDAD 2024

El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas.

Con las ayudas se enfatiza la importancia de la modernización y la sostenibilidad como un valor añadido crucial para la competitividad y responsabilidad social de los negocios en Mutxamel, mejorando la imagen comercial y de marca frente a los consumidores, al tiempo que les proporciona el apoyo económico para hacerlo.

La finalidad de la convocatoria es el realizar una disposición de fondos públicos como medida para animar a las empresas de Mutxamel, por un lado, a promover la modernización, la innovación, la digitalización y la mejora en la experiencia al cliente y por otro lado, a fomentar la adopción de prácticas sostenibles en el negocio local, impulsando la eficiencia energética, la gestión sostenible de residuos, el uso de materiales sostenibles y la digitalización enfocada en la sostenibilidad.

La ayuda a percibir por el beneficiario será de 800,00 € siendo ésta la cantidad de ayuda máxima que podrá alcanzar.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas será desde el día siguiente a la publicación del extracto de las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante finalizando el 31 de agosto del 2024.

El modelo de solicitud normalizado estará disponible en la web municipal, deberá ir firmado por la persona interesada que solicita la ayuda o su representante legal. Se presentará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mutxamel anexando la documentación relacionada.