Son los realizados con motivo de diferentes celebraciones y serán los siguientes:
-Mercado de San Antonio Abad
-Mercado del Milagro de la Lágrima
-Mercado de las palmas
-Mercado de las fiestas de Moros y Cristianos
-Mercado de todos los santos
Documento (pdf)
PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN
1º Presentación de la solicitud, con la documentación indicada en la instancia, en el siguiente plazo.
El plazo para la presentación de solicitudes para los mercados ocasionales originados por motivo de las fiestas locales será el siguiente:
Mercado de San Antonio Abad: Del 10 al 30 de noviembre del año anterior.
Mercado del milagro de la lágrima: Del 10 al 31 de enero.
Mercado de las palmas: Del 10 al 31 de marzo.
Mercado de moros y cristianos. Del 10 al 31 de julio
Mercado de todos los Santos: Del 10 al 30 de septiembre.
MERCADO OCASIONAL
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FECHA DEL MERCADO
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OFERTA DE AUTORIZACIONES
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PRODUCTO OFERTADO
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Mercado de San Antonio Abad
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El Sábado y domingo posterior al 17 de enero.
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15 autorizaciones para puestos entre 4 y 8 m
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Todos excepto frutas, verduras y hortalizas.
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Mercado del Milagro de la Lágrima
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1 de Marzo
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15 autorizaciones para puestos entre 4 y 8 metros
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Todos excepto frutas, verduras y hortalizas.
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Mercado de las Palmas
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El miércoles anterior al Domingo de Ramos
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15 autorizaciones, para puestos de 4 metros.
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Palma artesanal
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Mercado de Moros y Cristianos
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Del 6 al 12 de septiembre
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30 autorizaciones para puestos entre 4 y 8m
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Todos excepto frutas, verduras y hortalizas
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Mercado de todos los Santos
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Tres días antes del 1 de noviembre
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6 autorizaciones para puestos de 4m
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Flores y plantas
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2º Procedimiento de selección: Si hay más solicitudes que número de autorizaciones/ puestos permitidos para ese mercado. La autorización se otorgará mediante concurrencia competitiva de acuerdo con la aplicación del baremo establecido en la ordenanza y atendiendo a la documentación presentada y a los méritos acreditados.
Ante la posibilidad de tener que baremar. Los solicitantes deben presentar junto con la solicitud, la documentación acreditativa de los siguientes méritos, al objeto de su valoración en el procedimiento de selección:
a) Que el solicitante tenga la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea: 1 puntos.
b) La experiencia demostrada en el ejercicio de la profesión que asegure la correcta prestación de la actividad comercial, que podrá acreditarse, entre otros modos, mediante certificados emitidos por otros Ayuntamientos donde se haya ejercido la venta o bien mediante certificados que acredite estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas en cualquiera de los epígrafes referentes a la venta no sedentaria: 3 puntos.
c) La pertenencia del solicitante a asociaciones de comerciantes: 1 punto
d) Que el solicitante presente un proyecto de instalaciones desmontables adecuadas, funcional y estéticamente, al ejercicio de la venta: 1 punto.
e) Acreditación de formación específica mediante la asistencia a cursos o jornadas relativos al desarrollo de la actividad comercial o a la defensa y protección de los derechos de los consumidores en los que hayan participado administraciones públicas, universidades, cámaras de comercio u otros
organismos oficiales, o bien estén avalados por los mismos: 1 punto.
f) Que el solicitante disponga algún distintivo de calidad en materia de comercio de venta no sedentaria: 1 punto
g) La adopción de compromisos de responsabilidad social y de defensa de los consumidores, como la adhesión a la Junta Arbitral de Consumo de la Generalitat: 1 punto
i) Cargas familiares: por cada persona a su cargo: 1 punto
j) Que el solicitante sea parado de larga duración (más de 1 año): 1 punto.
En caso de empate prevalecerá el criterio de parado de larga duración. Si continúa el empate se atenderá al criterio de experiencia demostrada. De persistir el empate, se decidirá por sorteo.
· Los méritos deberán acreditarse mediante la presentación de los documentos originales o debidamente compulsados.
· Se creará un listado de suplentes, por orden de puntuación, no inferior al 10% de los puestos a cubrir con el fin de que, en caso de renuncia o vacantes, se ofrezca a los mismos la posibilidad de obtener la autorización para la venta.
· En caso de las personas jurídicas (cooperativas, sociedades..) se valorarán los méritos del titular designado para ejercer la venta.
El resultado de la baremación se publicará en el tablón de anuncios y/o en la sede electrónica del Ayuntamiento.
3. Notificación a los interesados que hayan resultado adjudicatarios para que se personen en el Ayuntamiento a retirar la autorización y el documento acreditativo que deberán exhibir en el puesto, debiendo aportar una fotografía tamaño carnet de la persona titular y en su caso, de las personas asistentes o colaboradoras.